GALICIA EMPRENDE – AYUDAS DEL IGAPE PARA NUEVOS EMPRENDEDORES (2017)
Plazo: Hasta el 20/06/2017
Objetivo
Serán subvencionables los proyectos de creación de pequeñas y medianas empresas por nuevos emprendedores, así como los proyectos de inversión para la ampliación en pequeñas y medianas empresas ya creadas, siempre que cumplan los requisitos para ser consideradas nueva pyme.
Tipos de apoyo
Subvención a fondo perdido en régimen de concurrencia competitiva.
Beneficiarios potenciales
Las pequeñas y medianas empresas que cumplan las siguientes condiciones:
a) Composición del capital, en el caso de sociedades mercantiles:
1º Su capital tendrá que encontrarse mayoritariamente participado por la suma de las participaciones de personas físicas que no estén acometiendo otras actividades económicas por cuenta propia a la fecha de presentación de la solicitud y de las aportaciones de entidades de capital riesgo e inversores privados adscritos a una red asimilable a las conocidas como redes de business-angels. Cuando de la documentación y datos que consten en el expediente, se deduzca que se produce continuidad empresarial, por baja reciente (antigüedad menor a un año) en una actividad que es igual o similar a la que se propone cómo nueva, o por razones que permiten concluir una continuidad de empresa preexistente, se podrá denegar motivadamente la ayuda.
2º La participación en el capital de la empresa de personas, físicas o jurídicas, que sí estén desarrollando otras actividades económicas en la fecha de solicitud, no podrá exceder conjuntamente el 49%. Por lo menos una de las personas físicas con una participación superior al 20% en el capital y sin otra actividad económica por cuenta propia a la fecha de solicitud, deberá tener una dedicación plena al proyecto, y no podrá desempeñar otra actividad por cuenta ajena desde el alta de actividad de la nueva empresa (o en el caso de contar con alta de actividad en el momento de la solicitud de ayuda desde el día de dicha solicitud) y hasta el fin del período de ejecución del proyecto establecido en la resolución de concesión.
b) Antigüedad en la actividad empresarial:
1º En el caso de los autónomos la fecha de alta censual no podrá tener una antigüedad superior a 42 meses en el momento de la solicitud de ayuda y deberá tener una dedicación plena al proyecto, y
Cuantía de las ayudas
Con carácter general a subvención podrá llegar hasta el 25% de las inversiones subvencionables, y hasta el 35% si el beneficiario es una pequeña empresa, excepto los gastos del artículo 5.1 f), que podrán llegar al 10% en el caso de medianas empresas y al 20% en el caso de pequeñas empresas.
Para más información: http://www.igape.es/es/base-xeral-de-axudas/ficha/IGAP317
Datos obtenidos de www.igape.es