NOVEDADES FISCALES: DECLARACIÓN DE BIENES EN EL EXTRANJERO
Una de las medidas introducidas por la Ley 7/2012, en vigor desde octubre del 2012, fue la obligación de suministrar información de determinados bienes que los contribuyentes españoles pudieran tener en el extranjero, con un doble intención: no solo se
obliga a suministrar información para vigilar que las inversiones acometidas en el extranjero se encuentren respaldadas por rentas que han tributado en España, sino que también se perseguiesen las rentas derivadas de dichos activos extranjeros, por lo que pudieran ser objeto de tributación en España.
A este respecto, no debe olvidarse que los residentes fiscales en España deben tributar por su renta mundial, sin perjuicio de las medidas que pudieran disponer los convenios firmados por España con otros países, para paliar la doble imposición a uno y otro lado de nuestra frontera.
Para más información, consultar el BOE correspondiente en el siguiente enlace
http://www.boe.es/boe/dias/2012/10/30/pdfs/BOE-A-2012-13416.pdf